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martes, 4 de abril de 2017

Empleados en Relación de Dependencia: Formulario 572 - se extiende el plazo de presentación hasta el 21 de Abril!

Como acostumbra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), acaecido el plazo fijado originalmente para determinadas obligaciones, publica las normas que extienden dicho vencimiento -como lo hubiera hecho a través de su página web-. De más está decir que lo correcto sería publicar la norma y luego anunciarlo.




En esta oportunidad las normas se refieren a:
  •  Se considerarán debidamente formalizadas -con carácter de excepción-, las solicitudes de adhesión al régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras establecido por el Título II del Liubro II de la Ley N° 27.260 y su modificatorio, siempre que cumplan las condiciones. Resolución General 4021-E
  • Los trabajadores podrán hasta el 21 de abril ingresar en el F. 572 Web los datos correspondientes a los conceptos que correspondan ser tenidos en cuenta para su liquidación del Impuesto a las Ganancias. Resolución General 4023-E 

EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 2.442 y sus complementarias, y N° 2.437, sus modificatorias y complementarias, sustituida por su similar N° 4.003-E, podrán —con carácter de excepción— efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 o F. 572 Web —según sea el caso— correspondiente al período fiscal 2016, hasta el 21 de abril de 2017, inclusive.
Asimismo, los agentes de retención realizarán las liquidaciones anuales correspondientes a dicho período hasta el 31 de mayo de 2017, inclusive.
ARTÍCULO 2°.- Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. — Alberto R. Abad.

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