Finalmente la Administración Federal de Ingresos Públicos oficializó las nuevas fechas de vencimientos para la presentación de las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales y para el pago de los anticipos de dichos impuestos
Mediante la Resolución General 4102- E se establecieron las fechas de vencimiento de los anticipos para el período fiscal 2017, que no coinciden con las fechas que había anticipado la propia AFIP en conferencia de prensa y que todavía al día de la fecha tiene publicada en el micrositio de la Ganancias de su página de Internet!!!!, es decir desprolijidad a más no poder.
FECHAS VENCIMIENTO ANTICIPOS GANANCIAS Y BIENES PERSONALES PERSONAS HUMANAS
El ingreso del segundo, tercero, cuarto y quinto anticipo correspondientes al período fiscal 2017, de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales deberá efectuarse -en sustitución de lo previsto por la Resolución General N° 4.093-E- en los meses de septiembre, octubre y diciembre de 2017 y en el mes marzo de 2018, respectivamente, según se indica a continuación:
TERMINACIÓN CUIT FECHA DE VENCIMIENTO
0, 1, 2 ó 3 Hasta el día 13, inclusive
4, 5 ó 6 Hasta el día 14, inclusive
7, 8 ó 9 Hasta el día 15, inclusive
FECHAS DE VENCIMIENTO DE LAS DDJJ GANANCIAS Y BIENES PERSONALES PERSONAS HUMANAS
Las obligaciones de presentación y, en su caso, pago de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2017 y siguiente deberán cumplirse en el mes de junio de cada año, conforme al cronograma de vencimientos que se establezca para cada año calendario.
Entonces...
Cuando vencen ahora?: septiembre, octubre, diciembre y marzo...
Fuente: http://contadoreseninteraccion.blogspot.com.ar/
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