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jueves, 3 de enero de 2019

Nuevo Régimen de Información - Resultados obtenidos por colocacion de capitales durante el 2018

A cargo de entidades financieras relacionadas con personas humanas y sucesiones indivisas.

Se creó el nuevo Régimen de Información de rendimientos y resultados producto de la colocación de capital durante 2018 por parte de personas humanas y sucesiones indivisas.
La obligación de informar estará a cargo de las entidades financieras, los agentes de liquidación y compensación registrados en la Comisión Nacional de Valores y las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión.
Estos sujetos tendrán tiempo hasta el 15 de marzo de 2019, inclusive, para informar los datos relativos a, entre otros, los depósitos bancarios, títulos públicos, obligaciones negociables, cuotapartes de fondos comunes de inversión, títulos de deuda de fideicomisos financieros y contratos similares, bonos y demás valores, en moneda nacional con y sin cláusula de ajuste.
Además, los mencionados agentes de información deberán poner la información a disposición de sus clientes, con una antelación mínima de 30 días corridos a la fecha de vencimiento general para la presentación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias de personas humanas y sucesiones indivisas.
Así se completa el Régimen Informativo para Entidades del Mercado de Capitales (R.G. 4.298que rige desde el 1° de enero de 2019.
NUESTRA PARTE
A su vez, la AFIP pondrá a disposición de los contribuyentes la información que posee relacionada con los plazos fijos constituidos y las operaciones realizadas con títulos públicos, obligaciones negociables, cuota partes de fondos comunes de inversión, títulos de deuda de fideicomisos financieros y contratos similares, bonos y demás valores, en cada año fiscal.
Esta información estará disponible a través del servicio “Nuestra Parte” con Clave Fiscal, con la intención de facilitar la liquidación del gravamen.
También se detalló la documentación necesaria para que el contribuyente determine la obligación tributari
INFORMACIÓN A SUMINISTRAR:
a) Apellido y nombres y Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI), del cliente.
b) De tratarse de depósitos bancarios a plazo:
  • Tipo de depósito.
  • Número de certificado.
  • Carácter del informado.
  • Fecha de alta.
  • Fecha de vencimiento.
  • Moneda de constitución.
  • Monto depositado en moneda original y su equivalente en pesos.
  • Si posee cláusula de ajuste.
  • Importe de las actualizaciones en moneda original y en pesos.
  • Monto de los intereses en moneda original y su equivalente en pesos.
En el caso de títulos públicos, obligaciones negociables, cuotapartes de fondos comunes de inversión, títulos de deuda de fideicomisos financieros y contratos similares, bonos y demás valores:
  • Número de la cuenta comitente.
  • Código de especie.
  • Denominación de especie.
  • Moneda.
  • Si posee cláusula de ajuste.
  • Importe total registrado para cada especie de las actualizaciones e intereses o rendimientos, en moneda original y en pesos.
Cuando se informen operaciones en moneda extranjera, deberá efectuarse la conversión a su equivalente en moneda de curso legal aplicando el último valor de cotización tipo comprador que, para la moneda de que se trate, fije el Banco de la Nación Argentina al cierre del día del pago o puesta a disposición.
CÓMO SE SUMINISTRARÁ LA INFORMACIÓN:
La información deberá enviarse mediante alguna de las siguientes opciones:
  • Transferencia electrónica de datos mediante el servicio con clave fiscal "Presentación de DDJJ y Pagos"
  • Intercambio de información mediante "webservices" denominado "Presentación de DDJJ - perfil contribuyente"
Una vez efectuada la transmisión de la información el sistema generará el formulario F.8135.
Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el 03 de enero de 2019.
Fecha de publicación: 03.01.18
Fuente: Resolución General 4394/2019

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