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martes, 28 de abril de 2020

Prestamos a tasa cero - Monotributistas y autónomos!

Arrancó una semana clave para el otorgamiento, probablemente desde los primeros días de mayo, de los créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos. 

Se trata de una política lanzada para cerca de un millón y medio de contribuyentes que hasta ahora no habían recibido ningún alivio oficial y veían afectados sus ingresos por la cuarentena, mientras habían lanzado ayuda a pequeñas y medianas empresas y también fondos para los sectores de menores ingresos. 
Monotributistas: Cómo acceder a créditos tasa 0% sin cuenta ...
La clave estará en la AFIP, que será la que se encargue de definir quién califica y quién no para el préstamo, que en realidad tendrá forma de saldo a favor en tarjetas de crédito por hasta el 25% del máximo de facturación de cada categoría, pero también con un tope de $ 150 mil en el caso de las categorías más altas
Será en tres pagos, con los siguientes detalles según se precisó desde el Banco Central: 
◆ Se debe estar inscripto en cualquier categoría del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (monotributo) y el monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 debe ubicarse debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado. 
◆ La AFIP deberá crear un servicio al que se podrá acceder con clave fiscal para que los monotributistas y autónomos puedan verificar si son elegibles para el préstamo. Si la AFIP no lo aprueba, el banco no otorgará el crédito.
 ◆ La financiación contará con un período de gracia de 6 meses a partir de la primera acreditación, y a partir del mes siguiente, se reembolsará en al menos 12 cuotas mensuales iguales y consecutivas. 
◆ Se debe solicitar el crédito a tasa cero en el mismo banco donde se opera habitualmente. 
◆ Los bancos tendrán solamente 48 horas hábiles para acreditar la financiación en las tarjetas de crédito del beneficiario una vez que éste lo haya solicitado. Este pedido podrá hacerse a través del homebanking.
 ◆ En el caso de no contar con una tarjeta de crédito, la entidad financiera deberá emitir una con un límite de compra al menos igual a la financiación que se le acredita, sin admitirse el cobro de costo alguno por la emisión de esa tarjeta ni por su mantenimiento y deberá dispensarla en el menor tiempo posible.
◆ Desde el momento de la primera acreditación y hasta la cancelación total del préstamos no se pueden obtener adelantos de efectivo con la tarjeta de crédito. 
◆ A cada una de las tres cuotas, el banco agregará el monto equivalente al pago de las sumas totales que debe abonar el solicitante en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales a cargo de monotributista o de aportes previsionales si es autónomo. Esos importes serán retenidos por el banco
◆ Hasta la cancelación total del préstamo, el beneficiario no podrá comprar dólares, ni en el mercado de cambios ni a través de operaciones con títulos. 

Fuente: El perfil 

lunes, 27 de abril de 2020

créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos: todo lo que hay que saber

Arrancan este lunes los créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos: todo lo que hay que saber
Fuente: IProfesional
Las principales entidades tendrán disponible desde mañana en las cuentas de homebanking de sus clientes la opción de pedido de créditos por hasta $150.000
Los principales bancos tendrán disponible desde mañana en las cuentas de homebanking de sus clientes monotributistas y autónomos la opción de pedido de créditos a tasa cero por un monto de hasta $150.000, según califiquen y cumplan con los criterios fijados por el gobierno nacional para la asistencia a este sector ante la pandemia del coronavirus.
Se espera que en las próximas horas la AFIP disponga -a través del Banco Central (BCRA)- el listado de los beneficiarios elegibles para estos créditos, el monto que podrán pedir crédito y en qué entidad podrán cobrarlo para hacer efectivo el mecanismo de solicitud vía web.
"Restan definir algunos detalles, pero la idea es que los clientes que nos sean designados por la AFIP puedan ingresar por internet y solicitar el crédito. Si ya tiene tarjeta de crédito en el banco, le acreditaremos el préstamo como indica el Banco Central", aseguraron a Télam desde el Banco Nación.
En este sentido, debido a que los créditos podrán ser aplicados tanto por contribuyentes que estén o no bancarizados, será la propia AFIP la que disponga en qué bancos deberán cobrar el dinero cada contribuyente al que de corresponda.
Para evitar que deban concurrir a las sucursales bancarias, la AFIP proveerá a cada banco los datos de contacto de los beneficiarios -correo electrónico u otro- de modo que sea el banco el que se contacte con el beneficiario para iniciar el proceso de apertura de cuenta y coordinar la entrega y habilitación de la tarjeta de crédito.
La operatoria de otorgamiento de estos créditos fue establecida el viernes pasado el BCRA a través de la Comunicación "A" 6993, en la que fijó que "desde el momento en que la solicitud sea presentada, la entidad financiera contará con hasta 2 días hábiles para proceder a la acreditación de la financiación".
El crédito será otorgado en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas con un máximo de $150.000 para las categorías D en adelante y de hasta $104.370 para la categoría C, mientras que la A y B no podrán acceder ya que tienen destinado los $10.000 del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).
La acreditación funcionará como un aumento en el saldo limite para consumo en las tarjetas y, en caso de no agotarse el total asignado para el mes, podrá acumularse para los períodos siguientes hasta que se complete el gasto.
Es importante recordar que las entidades bancarias no podrán rechazar el pago a los clientes que le asigne la AFIP ni cobrar por la emisión de la tarjeta o su mantenimiento y que, a su vez, arbitrarán mecanismos necesarios para la distribución de las tarjetas, según Télam.
Por esto último, según confirmaron fuentes bancarias, los bancos mantuvieron diálogos con las empresas a cargo de las administración de tarjetas de crédito -Prisma y First Data- para acelerar los mecanismos de entrega de plásticos a los nuevos clientes.
"Ya estamos haciendo pruebas piloto para verificar que el sistema funcione correctamente. Habrá una pestaña que diga créditos a tasa cero en la sección de préstamos para que el cliente pueda acceder al financiamiento", explicaron desde uno de los principales bancos privados del país.
La Asistencia a Monotributistas y Autónomos (AMA) no tendrá en cuenta el patrimonio para el otorgamiento pero excluirá a quienes facturen al sector público, trabajen en relación de dependencia, sean jubilados o pensionados, hayan hecho compras mayores al 80% de sus ingresos promedio mensual o hayan facturado entre el 12 de marzo y el 12 de abril una cifra mayor al promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que estén registrados.
Cuántos son los beneficiados
El crédito a tasa cero subsidiado por el Estado nacional podría alcanzar a unos 500.000 monotributistas, indicaron fuentes del mercado tras conocerse los requisitos que deberán cumplir los potenciales beneficiarios de esta ayuda en el marco de las medidas dispuestas para paliar los efectos económicos del coronavirus.
Esa cantidad de potenciales beneficiados representan una cuarta parte del total comprendido dentro de ese segmento, estimado en alrededor de 2.000.000 de contribuyentes.
"El requisito fundamental es estar inscripto en cualquier categoría del Monotributo y, en los casos de los contribuyentes de las categorías A y B no encontrarse alcanzados por el beneficio del IFE", explicaron desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), donde precisaron también que a diferencia de otros beneficios en este caso "no existe limitación por grupo familiar".
Las condiciones también especifican que el monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 tuvo que haber caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado el potencial beneficiario.
Los que se inscriban para acceder al crédito no deben prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal, y tampoco percibir ingresos en razón de mantener una relación de dependencia o provenientes de una jubilación.
"En los casos en que la facturación electrónica no se encuentre disponible, las compras no deberían ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que se encuentre registrado", agregaron desde la AFIP.
A su vez, se hizo hincapié que "no habrá parámetros patrimoniales".
El decreto establece, además, que "los beneficiarios de este financiamiento no deberán acceder al mercado único y libre de cambios para la formación de activos externos, ni adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o transferencia en custodia al exterior hasta la cancelación total del crédito".
"Los monotributistas de la categoría A son cerca de 1 millón de personas. Hay unos 500.000 en la categoría B y unos 400.000 en la categoría C. Las tres categorías que concentran la mayor parte del monotributo que en total registra 3.5 millones de personas", explicó una fuente a Télam.
De ese total de 3,5 millones de beneficiarios, 600.000 son monotributistas sociales "mientras que monotributistas puros -que son los que pagan los tres componentes- suman alrededor de 1,8 millones de personas", agregó la misma fuente.
Por su parte, los autónomos en condiciones de acceder al beneficio rondan los 600.000, sobre un total de un millón de inscriptos.
De esta forma, cerca de 1,8 millón de contribuyentes son potenciales sujetos de crédito, una cifra que se eleva a más de 2 millones al sumar a monotributistas y autónomos.

viernes, 10 de abril de 2020

La AFIP prorroga dos meses el vencimiento de pago de contribuciones patronales de marzo


La AFIP, a través de la RG 4693, oficializa la implementación del servicio web para tramitar los beneficios dispuestos por el Decreto 332/2020.


El Fisco reglamentó cómo brindará el beneficio que, estiman, permitirá al 56% de las empresas de la Argentina pagar las cargas laborales en junio. El listado de las actividades que deben desarrollar las firmas que quieran solicitarlo.

Pasos a seguir por los empleadores para gozar de los beneficios:


1. Entre los días 9 y 15 de abril de 2020, ambos inclusive, deberán registrarse en el servicio web, denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”.

2. Entre los días 13 y 15 de abril de 2020, ambos inclusive, deberán suministrar aquella información económica relativa a sus actividades que el servicio “web” requiera, y se evaluará su procedencia.
Prórroga del vencimiento general para la presentación y pago del F. 931 de marzo:


TERMINACIÓN CUIT
FECHA
0, 1, 2 y 3
16/04/2020
4, 5 y 6
17/04/2020
7, 8 y 9
20/04/2020

Fecha para del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales al SIPA del período devengado marzo de 2020 para empleados beneficiados:


TERMINACIÓN CUIT
FECHA
0, 1, 2 y 3
16/06/2020
4, 5 y 6
17/06/2020
7, 8 y 9
18/06/2020


Estos contribuyentes serán caracterizados en el “Sistema Registral” con el código “460 – Beneficio Dto. 332/2020”. Además, deberán presentar y abonar el F. 931 a partir del 16 de abril, con excepción de las contribuciones al SIPA, que lo harán a partir del 16 de junio, según la terminación de la CUIT.
Se aclara que la AFIP lo dio a conocer a través de gacetilla de prensa, pero al día de hoy 8/4/2020 se encuentra pendiente de publicación en el Boletín Oficial.

FUENTE: ERREPAR 
FUENTE: Gacetilla de Prensa AFIP. 
Resolución General Número: 4693/2020

Referencia: SEGURIDAD SOCIAL. Contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Decretos N° 332/20 y 347/20. Prórroga de vencimiento período devengado marzo de 2020.