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Servicios Profesionales: Contables - Impositivos - Laborales

viernes, 10 de abril de 2020

La AFIP prorroga dos meses el vencimiento de pago de contribuciones patronales de marzo


La AFIP, a través de la RG 4693, oficializa la implementación del servicio web para tramitar los beneficios dispuestos por el Decreto 332/2020.


El Fisco reglamentó cómo brindará el beneficio que, estiman, permitirá al 56% de las empresas de la Argentina pagar las cargas laborales en junio. El listado de las actividades que deben desarrollar las firmas que quieran solicitarlo.

Pasos a seguir por los empleadores para gozar de los beneficios:


1. Entre los días 9 y 15 de abril de 2020, ambos inclusive, deberán registrarse en el servicio web, denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”.

2. Entre los días 13 y 15 de abril de 2020, ambos inclusive, deberán suministrar aquella información económica relativa a sus actividades que el servicio “web” requiera, y se evaluará su procedencia.
Prórroga del vencimiento general para la presentación y pago del F. 931 de marzo:


TERMINACIÓN CUIT
FECHA
0, 1, 2 y 3
16/04/2020
4, 5 y 6
17/04/2020
7, 8 y 9
20/04/2020

Fecha para del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales al SIPA del período devengado marzo de 2020 para empleados beneficiados:


TERMINACIÓN CUIT
FECHA
0, 1, 2 y 3
16/06/2020
4, 5 y 6
17/06/2020
7, 8 y 9
18/06/2020


Estos contribuyentes serán caracterizados en el “Sistema Registral” con el código “460 – Beneficio Dto. 332/2020”. Además, deberán presentar y abonar el F. 931 a partir del 16 de abril, con excepción de las contribuciones al SIPA, que lo harán a partir del 16 de junio, según la terminación de la CUIT.
Se aclara que la AFIP lo dio a conocer a través de gacetilla de prensa, pero al día de hoy 8/4/2020 se encuentra pendiente de publicación en el Boletín Oficial.

FUENTE: ERREPAR 
FUENTE: Gacetilla de Prensa AFIP. 
Resolución General Número: 4693/2020

Referencia: SEGURIDAD SOCIAL. Contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Decretos N° 332/20 y 347/20. Prórroga de vencimiento período devengado marzo de 2020. 


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