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miércoles, 9 de febrero de 2022

Embargos de billeteras digitales por deudas impositivas!

AFIP podrá embargar billeteras digitales por deudas impositivas: cuáles son las aplicaciones alcanzadas.
Este mes se reactivaron las ejecuciones de deudas fiscales, que estuvieron suspendidas durante 19 meses de pandemia.


En ese contexto, el organismo sumó a su procedimiento poner la lupa sobre cuentas virtuales. Ya hay 9.800 contribuyentes en la mira




La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incorporó a las billeteras virtuales al listado de activos sobre los cuales puede trabar embargos para cobrar las deudas impositivas acumuladas por contribuyentes morosos. La recomendación para los abogados del organismo data de noviembre pasado, pero como la mayor parte de los juicios de ejecución fiscal se mantuvieron suspendidos hasta el 31 de enero esa posibilidad empieza a estar operativa.

El organismo definió el procedimiento que seguirán sus funcionarios al momento de solicitar a la justicia un embargo sobre ese tipo de activos ante el avance de las billeteras digitales.

La capacidad de AFIP de embargar activos de contribuyentes ya pesaba sobre distintos tipos de vehículos. El procedimiento del organismo permite trabar medidas cautelares sobre cuentas bancarias, créditos que el contribuyente tenga a su favor con terceros y bienes muebles o inmuebles registrables, entre otros. Ahora, se agregó la posibilidad de trabar embargos sobre cuentas digitales.

“El desarrollo de los medios electrónicos de pago y su extendido uso explica la decisión del organismo de incluir las cuentas digitales en el listado de activos pasibles de ser embargados para cobrar deudas”, dijeron fuentes oficiales.
Según detallaron, para determinar sobre qué cuentas solicitar la traba de embargos la AFIP se abastece del régimen informativo que, como sucede con las entidades financieras, obliga a las empresas del sector a reportar información referida a las cuentas de sus clientes.

Qué cuentas abarca?


La nueva capacidad de la AFIP de embargar saldos en cuentas digitales pesa, a grandes rasgos, sobre todas las cuentas en pesos identificadas con un Código Virtual Uniforme (CVU). 




En este sector, el principal jugador es Mercado Pago, la billetera digital de Mercado Libre. Según números de la consultora Nau Securities, al tercer trimestre del año pasado los clientes de la empresa tenían $270 millones a la vista en la billetera más otros $ 325 millones colocados en Mercado Fondo.
Pero abarca también a las más de 30 billeteras digitales que operan con pesos, como Bimo, Ualá, Naranja X y otras.


 

La AFIP entre sus facultades ya tenía la posibilidad de embargar todo tipo de activos, siempre y cuando la custodia de esos activos esté en una entidad basada en la Argentina. Eso te incluye la posibilidad de, llegado el caso, que se trabe embargo sobre tenencias financieras o hasta criptomonedas. La novedad apunta a que en el procedimiento se apunte a a billeteras digitales por su crecimiento, pero eso no implica que el resto de los activos no estén sujetos a posibles embargos”, dijo Sebastián Domínguez de SDC Asesores Tributarios.


Fuente: Infobae.com - 09-02-2022

martes, 8 de febrero de 2022

La AFIP intimó a casi 33.000 contribuyentes por diversas inconsistencias en declaraciones juradas


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) intimó a casi 33.000 contribuyentes por incumplimientos en las fiscalizaciones electrónicas, que van desde inconsistencias en la valuación de inmuebles en el exterior, el uso de facturas apócrifas, liquidaciones de granos no declaradas, hasta la falta de presentación de declaraciones juradas referidas a rendimientos financieros, entre otros motivos, confirmaron a Ámbito fuentes del organismo recaudador.

En concreto, son 32.746 contribuyentes quienes recibieron este lunes notificaciones por parte de AFIP, que encabeza Mercedes Marcó del Pont. Las mismas representan el paso previo al inicio de las acciones de fiscalización presencial que, ante la persistencia de los incumplimientos por parte de los contribuyentes, permitirán profundizar en el análisis de las inconsistencias identificadas.

Las fiscalizaciones electrónicas automáticas son verificaciones y controles no presenciales que se basan en información de distintas bases de datos para detectar inconsistencias en el cumplimiento tributario.

La herramienta es utilizada por la AFIP de Marcó del Pont desde 2020. A lo largo de los últimos dos años, los ingresos generados por la herramienta automática superan los $4500 millones en casi dos años.

La fiscalización electrónica potenció las tareas de control sobre los sectores de mayor capacidad contributiva en el marco de la pandemia del Covid-19. Se trata de utilizar recursos para identificar inconsistencias en las declaraciones juradas presentadas por los contribuyentes.

La herramienta ofrece un avance tecnológico en materia de fiscalización para abordar distintas maniobras que afectan la recaudación. El mecanismo permite realizar fiscalizaciones de amplio alcance a partir de distintas fuentes de información que, en la mayoría de los casos, no requieren ningún tipo de información adicional de las y los contribuyentes.

"Los datos de la AFIP muestran un elevado nivel de respuestas de los contribuyentes a estas fiscalizaciones, que fueron rectificando declaraciones juradas y cumplieron la pretensión fiscal", indicaron desde AFIP. No obstante, el organismo identificó a un grupo de contribuyentes que no cumplieron con los requerimientos o que no se allanaron a la pretensión fiscal.

Las misivas enviadas por la AFIP al Domicilio Fiscal Electrónico de los contribuyentes incumplidores recuerda la vigencia hasta el 15 de marzo de 2022 de la moratoria establecida por la Ley de Alivio Fiscal. El plan de regularización permite incluir obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas al 31 de agosto de 2021.



Existen 14 motivos por los cuales se iniciaron fiscalizaciones electrónicas. Algunas de éstas fueron:

Falta de presentación del Impuesto Cedular.

Liquidaciones de granos no declaradas.

Subvaluación de inmuebles en el exterior en las declaraciones juradas de Bienes Personales.

Utilización de facturas apócrifas (cómputo indebido de crédito fiscal por compras a proveedores que tienen irregularidades e incumplimientos).

Rendimientos no declarados por diversas inversiones financieras en el Impuesto a las Ganancias.

Acreditaciones del exterior no declaradas.

Falta de declaración de contratos de arrendamiento.

Por Juan Pablo Marino

Fuente: Ámbito

AFIP instrumentó cambios para el acceso a los dólares

8 DE FEBRERO DE 2022

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sumó un nuevo paso burocrático que ocasiona en la práctica genera demoras para quienes buscan dólares, pero que apunta a evitar acciones especulativas.


A partir del 26 de enero, los importadores comenzaron a notar que su Capacidad Económica Financiera (CEF) acotaba el margen para operaciones económicas. Este proceso burocrático importante para obtener el permiso para importar, se convirtió en una dificultad más para el acceso a los dólares.

Una semana atrás, la AFIP adelantó que iba a comenzar a profundizar los controles para la evasión impositiva. En ese sentido la funcionaria precisó que entre los ejes del trabajo figuran las herramientas para el control en la comercialización de granos, las maniobras de sobre y subfacturación y el uso de imágenes satelitales. Pero más allá de este hecho, lo cierto es que la AFIP instrumentó un mes atrás un cambio en el CEF que permite una mayor fiscalización ya que este instrumento comenzó a reflejar la solvencia y la liquidez de las empresas cada 30 días, lo que antes se realizaba de forma automatizada.

Algunos importadores ya comenzaron a manifestar su reclamo ante la AFIP por las demoras que les ocasionaron las operaciones en el primer mes del año. Si el CEF era rechazado, la posibilidad de pedir un "reproceso" se hace una vez por mes, lo cual genera un nuevo margen de espera y normalmente termina en rechazo. Si se hace un pedido de disconformidad, la AFIP reclama informes a profesionales, comprobantes de AFIP y otras certificaciones.

Esto ya había sido adelantado el 6 de enero cuando la AFIP informó que modificó las herramientas de fiscalización para los pagos al exterior de servicios.

El Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios (SIMPES) "es una herramienta tributaria que permitirá al Estado realizar una evaluación de la capacidad económica financiera de las empresas que realizan ese tipo de operaciones. El nuevo mecanismo es similar al que ya se utiliza para la importación de bienes", especificaron.



La Resolución General N.° 5135 extiende a los pagos al exterior de servicios la evaluación realizada a través del sistema de Capacidad Económica Financiera (CEF). Se trata de una herramienta que se implementa en la actualidad sobre las operaciones de importación de mercaderías.


"Las modificaciones introducidas por la AFIP beneficiarán a aquellos contribuyentes que cumplen las normas y permitirá identificar operadores que no pueden acreditar el origen de los ingresos destinados a concretar el pago al exterior de los servicios contratados.

El SIMPES representa una mejora en la gestión de riesgo al obtener de manera anticipada y temprana información relevante sobre el cumplimiento tributario. De esta forma, la medida redunda en una optimización del control y fiscalización", agregaron en un comunicado de prensa.




Fuente: Ambito.com

AFIP: Devolución del impuesto del 35% en la compra de dólar ahorro ante la AFIP y quiénes les corresponde?


A diferencia de lo que sucedió el año pasado, la AFIP ya comenzó a aprobar las devoluciones de algunos de los pedidos de devolución de la percepción del 35% (RG 4815) por compras y consumos en dólares y otras monedas extranjeras.


Los de mayor monto quedan en estado de verificación. Los más pequeños ya figuran con el estado "Devolución automática aprobada".

En la página web de la AFIP ya se encuentra disponible la devolución del 35% del impuesto en la compra de dólar ahorro 2021 para las personas que no están alcanzadas ni por el impuesto a las Ganancias ni por Bienes Personales.

El trámite se realiza a través de la web de la AFIP y está habilitado tanto para los monotributistas como para los trabajadores en relación de dependencia.

La percepción no solo se aplica sobre la compra de dólar para atesorar, sino que también sobre los gastos con tarjeta en moneda extranjera. Es por eso que servicios como Netflix o Spotify están alcanzados y sobre ellos se puede pedir la devolución de la retención en caso de que corresponda.
Cómo pedir la devolución del 35% en la compra de dólar ahorro


La devolución del 35% corresponde al recargo que se aplica sobre las compras de dólar ahorro o los gastos abonados en moneda extranjeras con tarjeta.

Esto incluye no solo a las compras realizadas en el exterior, sino también a pagos de abonos o servicios en dólares, como son el caso de Netflix o Spotify, y gastos en pasajes para viajar fuera del país, entre otros.


Qué se necesita para hacer el trámite
  1. Contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
  2. Contar con Clave Fiscal.
  3. Informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de tu cuenta bancaria, a través del servicio con Clave Fiscal "Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social".
  4. Contar, previamente, con la cancelación de deudas y/o regularización de las inconsistencias, para después poder acreditarse lo percibido.
  5. Contar con Domicilio Fiscal Electrónico.
  6. Si el contribuyente cuenta con CUIT y Clave Fiscal NO deberá concurrir a una Dependencia AFIP - DGI, con lo cual el trámite lo podrá realizar directamente desde la web.
Para poder pedir la devolución del 35% es necesario que el contribuyente ​le informe previamente a la AFIP cuál es la CBU de la cuenta bancaria en la que el organismo fiscal debería hacerle el depósito del reintegro.

Atención: lo que se devuelve no es el impuesto PAIS del 30% sobre la compra del dólar ahorro, sino la retención del 35% de Ganancias.

Para completar esta referencia deberá contar con la fecha y el número de factura correspondiente o la referencia en el resumen de la tarjeta. Esa carga debe hacerse mes por mes y es esencial para para solicitar la devolución del impuesto sobre el dólar ahorro.

A partir de ese momento, la AFIP revisará todos los pedidos y constatará si son pertinentes. Es decir, si se corresponden con el nivel de ingresos del contribuyente y si efectivamente éste no está alcanzado por Ganancias y Bienes Personales.

Y luego le informará al contribuyente cuándo le hará efectiva la devolución del 35% sobre el dólar ahorro.

Desde la página de AFIP el usuario podrá hacer a través de "Mis aplicaciones web" el seguimiento del trámite y ver en qué estado está la devolución sobre el dólar ahorro.
Sexto paso: el plazo

Se estima que la devolución no debería superar los 90 días.

Las personas que pagan Ganancias recién podrán solicitar la devolución del 35% sobre el dólar ahorro cuando completen la declaración anual de Ganancias y se concretaría junto con el resto de los reintegros, como los correspondientes a las prepagas y a las empleadas domésticas, entre otros.


Fuente: AFIP - IPROFESIONAL - 08-02-2022