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martes, 8 de febrero de 2022

AFIP: Devolución del impuesto del 35% en la compra de dólar ahorro ante la AFIP y quiénes les corresponde?


A diferencia de lo que sucedió el año pasado, la AFIP ya comenzó a aprobar las devoluciones de algunos de los pedidos de devolución de la percepción del 35% (RG 4815) por compras y consumos en dólares y otras monedas extranjeras.


Los de mayor monto quedan en estado de verificación. Los más pequeños ya figuran con el estado "Devolución automática aprobada".

En la página web de la AFIP ya se encuentra disponible la devolución del 35% del impuesto en la compra de dólar ahorro 2021 para las personas que no están alcanzadas ni por el impuesto a las Ganancias ni por Bienes Personales.

El trámite se realiza a través de la web de la AFIP y está habilitado tanto para los monotributistas como para los trabajadores en relación de dependencia.

La percepción no solo se aplica sobre la compra de dólar para atesorar, sino que también sobre los gastos con tarjeta en moneda extranjera. Es por eso que servicios como Netflix o Spotify están alcanzados y sobre ellos se puede pedir la devolución de la retención en caso de que corresponda.
Cómo pedir la devolución del 35% en la compra de dólar ahorro


La devolución del 35% corresponde al recargo que se aplica sobre las compras de dólar ahorro o los gastos abonados en moneda extranjeras con tarjeta.

Esto incluye no solo a las compras realizadas en el exterior, sino también a pagos de abonos o servicios en dólares, como son el caso de Netflix o Spotify, y gastos en pasajes para viajar fuera del país, entre otros.


Qué se necesita para hacer el trámite
  1. Contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
  2. Contar con Clave Fiscal.
  3. Informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de tu cuenta bancaria, a través del servicio con Clave Fiscal "Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social".
  4. Contar, previamente, con la cancelación de deudas y/o regularización de las inconsistencias, para después poder acreditarse lo percibido.
  5. Contar con Domicilio Fiscal Electrónico.
  6. Si el contribuyente cuenta con CUIT y Clave Fiscal NO deberá concurrir a una Dependencia AFIP - DGI, con lo cual el trámite lo podrá realizar directamente desde la web.
Para poder pedir la devolución del 35% es necesario que el contribuyente ​le informe previamente a la AFIP cuál es la CBU de la cuenta bancaria en la que el organismo fiscal debería hacerle el depósito del reintegro.

Atención: lo que se devuelve no es el impuesto PAIS del 30% sobre la compra del dólar ahorro, sino la retención del 35% de Ganancias.

Para completar esta referencia deberá contar con la fecha y el número de factura correspondiente o la referencia en el resumen de la tarjeta. Esa carga debe hacerse mes por mes y es esencial para para solicitar la devolución del impuesto sobre el dólar ahorro.

A partir de ese momento, la AFIP revisará todos los pedidos y constatará si son pertinentes. Es decir, si se corresponden con el nivel de ingresos del contribuyente y si efectivamente éste no está alcanzado por Ganancias y Bienes Personales.

Y luego le informará al contribuyente cuándo le hará efectiva la devolución del 35% sobre el dólar ahorro.

Desde la página de AFIP el usuario podrá hacer a través de "Mis aplicaciones web" el seguimiento del trámite y ver en qué estado está la devolución sobre el dólar ahorro.
Sexto paso: el plazo

Se estima que la devolución no debería superar los 90 días.

Las personas que pagan Ganancias recién podrán solicitar la devolución del 35% sobre el dólar ahorro cuando completen la declaración anual de Ganancias y se concretaría junto con el resto de los reintegros, como los correspondientes a las prepagas y a las empleadas domésticas, entre otros.


Fuente: AFIP - IPROFESIONAL - 08-02-2022

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