Los profesionales universitarios organizados en estudios sólo podrán optar por el IVA trimestral cuando puedan ser categorizados como "micropymes". O sea, cuando sus ingresos no excedan los $ 2,5 millones anuales.
En cambio, para el resto de las actividades, como agropecuaria, industria y comercio, pueden ingresar al IVA trimestral también firmas pequeñas y medianas tramo 1.
En el rubro servicios, es una empresa pequeña aquella que factura hasta $ 15 millones y mediana tramo 1 la que tiene ingresos brutos de hasta $ 125 millones.
En la AFIP, indicaron que en el rubro de los profesionales universitarios se buscó particularmente favorecer al trabajador individual de cuarta categoría con ingresos de micropyme, y no a los grandes estudios.
El sector, por otra parte, será particularmente beneficiado por la suba de los umbrales y mínimos de las retenciones y percepciones de IVA y Ganancias que se conocerá hoy, así como por el nuevo certificado automático de exclusión.
Fuente: cronista.com Por: Dolores Olveira
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