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lunes, 26 de marzo de 2018

PERSONAL EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA!!!

AFIP obligará a inscribirse en Ganancias a los empleados que informen deducciones mayores a las permitidas por ley


Hasta el 31 de marzo se podrán deducir del gravamen cargas de familia, cuotas y gastos médicos, alquileres y créditos hipotecarios.
 Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recuerda a los trabajadores en relación de dependencia que tienen tiempo hasta el 31 de marzo para deducir los gastos de 2017.
Es la última oportunidad para que los empleadores computen las deducciones del Impuesto a las Ganancias.
La AFIP advierte que se encargará de controlar si las deducciones que cargan los empleados son reales y corresponden. La penalidad que aplicará la AFIP al detectar conceptos improcedentes puede ser mayor a las deducciones incorrectas.











A los empleados, el fisco nacional les hace saber que incumplir con su parte siempre es más caro. Además de pagar un impuesto mayor –con intereses- deberán inscribirse y presentar una declaración jurada en el Impuesto a las Ganancias. También pagarán multas por los conceptos incorrectos.
 Las deducciones se informan a través del formulario 572 web - SIRADIG al que accedés en la web de AFIP con clave fiscal nivel de seguridad 2 como mínimo.


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